Requisitos para Consignación de Pago en Concepto de Renta
- Documento Nacional de Identificación (DNI) del arrendatario.
- Ultimo recibo cancelado en concepto de renta.
- Consignar el pago de la mensualidad correspondiente en el Juzgado de Inquilinato o el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI).
- Notificar al Arrendador que podrá cobrar la renta en la institución correspondiente.
Requisitos para Presentar una Denuncia Sobre Conflictos en Materia de Inquilinato
- Presentar original y fotocopia de Documento Nacional de Identificación (DNI).
- En caso de ser el arrendador debe presentar original y fotocopia del contrato de arrendamiento firmado por ambas partes y debidamente registrado ante la Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI).
- De ser el arrendatario debe presentar la fotocopia del último recibo de pago de la renta y servicios públicos debidamente cancelados al día y los datos personales del arrendador.
Requisitos para Registro de Contrato de Arrendamiento
- Contrato de Arrendamiento Original y dos fotocopias.
- Pago de L 200.00 mediante recibo TGR-01 para certificación de la inscripción este puede extenderse en las oficinas Dirección Administrativa de Inquilinato (DAI) o descargarse de la página Web de la Secretaria de Finanzas www.sefin.gob.hn para cancelarlo en cualquier agencia bancaria.
- En caso de que el contrato se registre posterior a los 5 días de la suscripción del mismo el pago deberá de efectuarse por la cantidad de L 210.00.
Requisitos para Inspección del Departamento Administrativo de Inquilinato DAI
- Solicitud por escrito.
- Motivo de la inspección.
- Documento Nacional de Identificación (DNI).
- Contrato de arrendamiento debidamente registrado por el DAI si es el arrendador o el último recibo de pago acreditando solvencia en el pago de la renta y servicios públicos si se trata del arrendatario.
Requisitos para Demanda de Desahucio o Lanzamiento
- Fotocopia de Documento Nacional de Identificación (DNI del demandante.
- Fotocopia de Documento Nacional de Identificación (DNI) o Certificación de Acta de Nacimiento original del demandado.
- Contrato de Arrendamiento original, sellado por el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI).
- Fotocopia de la Escritura Pública del inmueble dado en alquiler.
- Estado de Cuenta o recibos de servicios públicos que adeuda el inquilino.
- Recibos por concepto de rentas atrasadas realizado por el dueño del inmueble para acreditar que el inquilino no ha pagado las mensualidades.
- En caso de no tener un contrato por escrito, la parte demandante deberá de acudir al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) para llegar a un arreglo conciliatorio con el inquilino, y al haber incumplimiento de ese acuerdo, podrá demandar ante el Juzgado de Letras de Inquilinato.